Desde septiembre de 2020 hasta febrero de 2021, ambos meses inclusive, no pagarán el impuesto de Ingresos Brutos determinados locales de la Ciudad.
Los establecimientos son aquellos que desarrollen las siguientes actividades:
- Servicios de restaurantes y cantinas con y sin espectáculo
- Servicios de “fastfood” y locales de venta de comidas y bebidas al paso
- Servicio de expendio de bebidas en bares
- Servicio de expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o en mostrador
- Servicio de expendio de helados
En la medida que se publicó en el boletín oficial este viernes 28 de agosto, se detalla también que el beneficio establecido alcanza exclusivamente a los ingresos provenientes de las actividades mencionadas y que el beneficio no exime de la obligación de presentar declaraciones juradas ni de cumplimiento de los deberes formales.