La Legislatura porteña sancionó por unanimidad la adhesión del distrito capitalino.
A más de un año de que el Congreso Nacional sancionara la Ley Justina, la Legislatura porteña sancionó por unanimidad la adhesión del distrito capitalino a la “Ley Justina”, la cual establece que todos los mayores de edad sean donantes de órganos, tejidos y células de origen humano, salvo que se hayan opuesto en vida.
El objetivo de esta ley es regular las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano, teniendo en cuenta que el implante de los mismos debe ser realizado cuando los otros medios y recursos disponibles se hayan agotado, sean insuficientes o inconvenientes o resulte la mejor alternativa terapéutica para la salud del paciente, conforme a la evidencia científica.
Los principios en los cuales se enmarca la norma son, entre otros, el respeto por la dignidad humana en todas sus dimensiones y la voluntariedad, altruismo y gratuidad en la donación de órganos, tejidos y células. La norma establece que toda persona capaz mayor de 18 años puede en forma expresa manifestar su voluntad negativa o afirmativa a la donación de los órganos y tejidos de su propio cuerpo, restringir de un modo específico su voluntad de donación a determinados órganos y tejidos, y condicionar la finalidad de la voluntad de donación.
De no encontrarse restringida la voluntad afirmativa de donación o no condicionarse la finalidad de la misma, se entiende que la persona es donante y son comprendidos todos los órganos y tejidos, y a todos los fines. El profesional a cargo del proceso de donación debe verificar la voluntad del causante conforme lo determine la reglamentación.
La ley lleva su nombre en honor a Justina Lo Cane, una nena de 12 años que falleció en noviembre de 2017 esperando un trasplante de corazón, y cuyos padres insistieron para que la misma sea sancionada el 4 de julio de 2018.
Por otra parte, la Casa aprobó por unanimidad una serie de modificaciones a la Ley N° 3.294, la cual regula la investigación, promoción y fiscalización de la actividad de procuración, ablación e implante de órganos, tejidos y materiales anatómicos entre seres humanos vivos y fallecidos en el ámbito de la Ciudad, a fin de que incorpore lo detallado en la “Ley Justina”.