peluqueria

Es para la Provincia de Buenos Aires. El Ministerio de Trabajo local aprobó este lunes el «Protocolo de Recomendaciones Prácticas para la Actividad de Peluquería».

Lo hizo a través de la Resolución 228 publicada en el Boletín Oficial del distrito, donde se dispuso que ese protocolo será de implementación obligatoria para los empleadores en todos los establecimientos ubicados en el territorio bonaerense donde se desarrolle la actividad de peluquería, estética y afines.

Puntos principales

Entre otras cuestiones prevé la obligación de dar aviso a la ART del personal que cumpla funciones en el establecimiento y del que no concurre; la obligación de capacitar a la totalidad del personal brindando recomendaciones de fácil comprensión para su incorporación en la tarea cotidiana sobre higiene personal y grupal (lavado de manos, desenvolvimiento dentro del local), uso del equipo de protección personal (indumentaria, protección facial plástica, barbijo, guantes), distancia entre los trabajadores, atención a los clientes, y medidas preventivas.

Establece también la obligación del empleador de colocar afiches informativos sobre medidas de prevención específicas acerca del COVID-19 e instrucciones de sanidad que deberán cumplirse en todo momento.

También dispone que los equipos de protección personal (EPP), cuya provisión estará a cargo del empleador, son individuales y no deben compartirse.

El protocolo además regula los cuidados en el ingreso del personal, procurando entre otros la presencia simultánea en el establecimiento de la menor cantidad de trabajadores posible, acciones de higienización, consulta al personal sobre su estado de salud y el de su familia, brindando asistencia al trabajador en caso de presentarse un caso sospechoso y contactando inmediatamente al sistema de salud.

En paralelo, se suspende el control horario por tarjeta o biométrico para evitar contagio por contacto, se prevén normas respecto de la distancia mínima entre personas, vestuario, limpieza de celulares, llaves y uniformes.

El protocolo establece el funcionamiento con sistema de turnos previo exclusivamente y horarios escalonados de trabajo, así como normas específicas para la prestación de servicios, recepción y acceso de clientes, higiene ambiental y desinfección.

En los fundamentos de la medida, se aclaró que el protocolo fue acordado entre la Federación Nacional de Trabajadores de Peluquería, la Confederación General de Peluqueros y Peinadores de la República Argentina, la Federación Bonaerense de Peluqueros, Peinadores y Afines, el Centro Patrones Peluqueros y Peinadores de Buenos Aires, y la Federación Argentina de Peinadores y Afines.

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