Es porque podría causar daño ambiental. El proyecto del Gobierno porteño para quemar residuos fue anulado por la jueza Liberatori.
El pasado 2 de octubre, la jueza Elena Liberatori, titular del Juzgado de 1° en lo Contencioso y Administrativo de la Ciudad N° 4, resolvió la nulidad e inconstitucionalidad de la Ley N° 5.966, que habilita la incineración de basura en la Ciudad. Asimismo, exhortó al Gobierno de la Ciudad y a la Legislatura porteña a tomar en cuenta el principio precautorio para la evaluación de proyectos o tecnologías que pudiera generar un daño al ambiente y a la salud en sentido integral.
El amparo coledctivo que logró la nulidad de la medida fue presentado por La Federación de Cooperativas de Reciclado Limitada, la Cooperativa El Ceibo, la Cooperativa de Trabajo El Álamo, la Cooperativa de Trabajo las Madreselvas, la Cooperativa de Trabajo Reciclando Trabajo y Dignidad, la Cooperativa del Sur, el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC), la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), la Asociación por la Justicia Ambiental (AJAM) y la Fundación Greenpeace Argentina, según consignó el portal de noticias Ansol.
Uno de los abogados de las organizaciones, Jonatan Baldiviezo, explicó: “La Justicia falló favorablemente a las peticiones de las organizaciones cartoneras y ambientales, y declaró nula la modificación de la ley de basura cero que habilita la incineración como método de tratamiento de residuos provenientes de la Ciudad de Buenos Aires. Las organizaciones que presentaron el amparo el año pasado sostenían que la tecnología de incineración atentaba contra las políticas del reciclado y eran un claro retroceso en materia ambiental, asimismo ponía en riesgo la salud de las personas”.
Y agregó: “En este contexto, donde la Unión Europea quita los subsidios a las empresas de incineración en sus territorios, estas compañías quieren ingresar a los mercados asiáticos y latinoamericanos, y la única manera es modificando las leyes para alcanzarlo y negando el paradigma de la Economía Circular”.
La Ley 5.966, aprobada en 2018, modificó la Ley 1.854 de Basura Cero a efectos de autorizar en la Ciudad la combustión de residuos sólidos urbanos con recuperación de energía (termovalorización) con independencia del grado de reducción de la cantidad de residuos que son destinados a disposición final a los rellenos sanitarios.
En los fundamentos, la jueza indicó que la ley 5.966 es inconstitucional porque “ha sido sancionada sin el procedimiento constitucional de la doble lectura y consecuente audiencia pública”. Además, “el GCBA no tuvo en cuenta los presupuestos mínimos contenidos en la Ley General del Ambiente ni las disposiciones de la Ley Nacional de Residuos Domiciliarios que autorizan en la etapa de tratamiento la valorización de residuos entendida como el reciclaje en todas sus formas física, química, mecánica o biológica, y la reutilización y no menciona ni autoriza la termovalorizaci6n de basura, no constituyendo este un método adecuado de reciclaje”.
Por su parte el legislador porteño y candidato a senador por el Frente de Todos, Mariano Recalde, dijo: “El derecho a la salud y a un ambiente sano no son negociables. Queremos una Ciudad que construya un futuro mejor para las generaciones que vienen, no que se los arrebate”.
Mientras que su compañera de bloque, Andrea Conde, calificó la medida como “un freno a la escribanía d Larreta q sigue haciendo negocios q perjudican a la Ciudad. El freno definitivo hay q ponerlo en las urnas en octubre”.