La iniciativa fue presentada en la Legislatura y propone que durante el período procesal hasta el dictado de la sentencia de alimentos, las deudas del pago de ABL de la vivienda donde se encuentra alojada la víctima sean condonadas.
Con el objetivo de disminuir las cargas impositivas sobre los ciudadanos en situaciones vulnerables, el vicejefe del bloque Vamos Juntos, Maximiliano Ferraro, presentó en la Legislatura porteña un proyecto de ley para eximir del pago del Servicio de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) a las mujeres porteñas que cursen un juicio por violencia familiar y que hayan iniciado una demanda por alimentos.
La iniciativa fue impulsada en conjunto con la legisladora Cecilia Ferrero (VJ) y propone que durante el período procesal hasta el dictado de la sentencia de alimentos, las deudas provenientes del pago de ABL de la vivienda donde se encuentra alojada la víctima sean condonadas.
Al respecto de la medida, Ferraro detalló que “teniendo en cuenta que los tiempos de tramitación de los juicios suelen dilatarse, este proyecto pretende aliviar la situación económica de muchísimas mujeres que no cuentan con los recursos suficientes para afrontar la manutención cotidiana de sus familias”.
“Consideramos que una mujer que está reclamando una cuota de alimentos se encuentra en un estado de vulnerabilidad grave, agudizada por la situación de violencia de género que limita la tranquilidad familiar y personal y multiplica sustancialmente los problemas de las víctimas”, remarcò y ratificò su compromiso de “luchar contra esta problemática pública estructural que atraviesa dimensiones sociales, políticas, económicas y culturales”.
Para poder acceder a este beneficio las mujeres deberán ser madres de al menos un hijo; percibir ingresos iguales o menores al doble del salario mínimo vital y móvil; ser propietarias, condóminas, usufructuarias o beneficiarias del derecho de uso de un único bien inmueble destinado a vivienda propia; no tener otras propiedades a su nombre; entre otras cuestiones.
Además tienen que acreditar haber iniciado una demanda indicando juzgado interviniente y número de expediente y cumplir con las demás condiciones que establezca la autoridad de aplicación. En el caso de ser inquilinas podrán acceder al beneficio con similares requisitos.