acoso, transporte

El Senado convirtió en ley el proyecto que determina que el acoso callejero es una forma de violencia contra la mujer, y dio media sanción a otro que establece la ilicitud de la violencia política.

Respecto de la primer iniciativa, los legisladores presentes aprobaron de manera unánime la modificación de la ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, para así incluir la tipificación de esta conducta.

En concreto, el proyecto establece penas contra las ofensas a las mujeres que tengan lugar «en espacios públicos o de acceso público, transportes y centros comerciales» y la define como «aquella ejercida contra las mujeres por una o más personas a través de conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia, o generen un ambiente hostil u ofensivo».

«La mayoría de las mujeres hemos sido víctimas de acoso sexual callejero por parte de varones que tratan a las mujeres como simples objetos de deseo», afirmó la presidenta de la Banca de la Mujer en el Senado, Norma Durango, a la hora de fundamentar su voto.

De esta manera, el acoso callejero comenzará a formar parte de artículo 6 de la ley, el cual define las distintas formas a través de las cuales se manifiestan los distintos tipos de violencia contra la mujer. La violenciadoméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, obstetricia y mediática son las que ya se encuentran contenidas en el mismo.

La iniciativa, presentada por la entonces diputada Diana Conti, había sido aprobada por la Cámara de Diputados en septiembre de 2017. Y las últimas cifras publicadas acerca del tema confirman que la problemática no cede.

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