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Fue publicado este viernes en el Boletín Oficial.

El Gobierno intentó impulsar la medida a través del Congreso pero el proyecto no pudo ser aprobado en el Senado. Es por eso que decidió que de cara a las elecciones de octubre, la medida salga en forma de decreto. Se trata de la prohibición del uso de las llamadas listas «colectoras» y las candidaturas múltiples en las elecciones presidenciales.

Fue publicado este viernes en el Boletín Oficial y lleva el número 259/2019 y se aguarda por el grado de adhesión o no que contará en los diferentes distritos.

En el primero de los casos a los que se apunta, se intenta evitar que, ante la falta de acuerdo en un candidato presidencial de dos espacios, ambos puedan postular, en un distrito provincial, a la misma persona. O viceversa.

La norma publicada destaca que “las colectoras generan confusión en el electorado e inequidad entre los competidores», por lo cual, se aduce, “conspira contra la emisión de un voto informado y afecta seriamente la calidad del proceso electoral».

La misma persona no podrá, al eliminarse la múltiple candidatura, postularse para dos cargos distintos.

La idea oficial, a priori, también intenta que en los comicios quien va hacia el cargo mayor, no pueda aparecer en la lista para legislador.

Sin embargo, encontraría rápidamente oposiciones, en plena campaña presidencial y las renovaciones distritales.

El argumento principal para tomar la medida es el proyecto de Reforma Política que, tras la media sanción de Diputados, se quedó sin acuerdo en Senadores.

El Gobierno informó, en el texto oficial, que sobre la temática “hay una recomendación persistente de los expertos en la materia», además del “reclamo de las asociaciones de la sociedad civil abocadas a la mejora de la calidad de los procesos electorales».

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