La Corte de Apelaciones de Nueva York decidió anular la condena que obligaba al país a pagar unos US$16.000 millones, al considerar que la jueza Loretta Preska no aplicó correctamente la legislación argentina en su fallo original.

Esto implica que:

  • Se deja sin efecto la sentencia de primera instancia

  • Se frenan los intentos de embargo contra la Argentina

  • El caso vuelve a revisión judicial

En términos simples: la Argentina no tiene que pagar esa cifra por ahora, y el proceso vuelve a foja anterior.

Qué dijo el tribunal

Los jueces del tribunal —Denny Chin, Beth Robinson y José Cabranes— resolvieron revocar la sentencia a favor de los demandantes, al detectar errores en la interpretación legal.

Además:

  • Confirmaron que los reclamos contra el Estado y la propia YPF deben revisarse

  • Ordenaron continuar el proceso con nuevos criterios

Impacto inmediato

El fallo tuvo repercusiones rápidas en los mercados:

  • Las acciones de Burford Capital (que impulsaba la demanda) cayeron con fuerza

  • Los ADR de YPF subieron y superaron los US$45, reflejando alivio en los inversores

Contexto: un juicio de más de una década

El conflicto se originó tras la expropiación de YPF en 2012, durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner.

Los fondos Petersen y Eton Park —luego representados por Burford— reclamaron que no fueron compensados en igualdad de condiciones que Repsol.

Desde entonces:

  • El caso atravesó múltiples instancias judiciales en EE.UU.

  • Hubo cinco apelaciones

  • Incluso otros países respaldaron a la Argentina como “amicus curiae”

Qué puede pasar ahora

El proceso no terminó. A partir de este fallo:

  • La jueza Preska deberá revisar o reformular su decisión

  • Podría haber un nuevo fallo, con otro criterio legal

  • El monto —si lo hubiera— podría cambiar sustancialmente

Por qué es importante

Este fallo representa:

  • Un alivio financiero enorme para la Argentina

  • Un cambio en la posición negociadora del país

  • Un precedente relevante sobre cómo se interpretan leyes locales en tribunales internacionales

En síntesis, no es el final del juicio, pero sí un punto de inflexión que reconfigura todo el caso.

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