Lo propusieron en la Legislatura. Con este sistema se podrá fiscalizar de una manera más adecuada el uso de los medicamentos.

Con la intención de avanzar en la mejora y modernización de los sistemas de salud, la legisladora de Evolución Inés Gorbea impulsó en la Legislatura porteña un proyecto de ley a través del cual buscará crear e instrumentar el Sistema de Receta Médica Digital, el cual será de uso obligatorio para la comercialización y expendio de la totalidad de los medicamentos, drogas, drogas preparadas y especialidades médicas en la Ciudad.

Con este sistema se podrá fiscalizar de una manera más adecuada el uso de los medicamentos, no solo de la dosis que se le prescribe, sino también una adecuada racionalización de manejo de medicamentos al paciente, dándole al profesional en farmacia y el profesional médico, una responsabilidad mayor.

De acuerdo a la normativa, la Receta Digital será de uso obligatorio en hospitales públicos y privados; Centros de Salud (CESAC); los Centro de Especialidades Médicas de Referencia (CEMAR); los Centros Médicos Barriales (CMB); clínicas, sanatorios e instituciones de la salud de índole privada; y para los profesionales que atiendan de manera privada.

Además prevé todas las farmacias habilitadas del distrito capitalino se registren en dicho sistema para poder comercializar los medicamentos. No obstante, no limita la venta de los mismos con receta de papel -ya que la Receta Digital puede presentar algún tipo de falla o durante el periodo de aplicación de la misma-, pero deberán registrar la venta en el Libro del Sistema Receta de Médica Digital.

Cabe señalar que para que este tipo de receta sea válida, la misma deberá contener todos los datos del paciente (tales como su nombre completo, DNI, número de historia clínica digital, etc.), los del profesional, información sobre la medicación prescrita e información adicional (como la fecha y persona autorizada a retirar las drogas).

“El Sistema deberá contar con la tecnología necesaria para guardar el respaldo establecido por las leyes tanto nacionales como locales, para garantizar la confidencialidad de los datos allí ingresados y para cumplir con el Sistema de Trazabilidad de Medicamentos con que cuenta nuestro país”, explicó Gorbea y destacó que “se establece un régimen sancionatorio tanto para prescriptores como para expendedores de medicamentos, cuando no cumplan con los requisitos, cronograma e implementación del mismo”.

En el caso de que la iniciativa sea aprobada por la Legislatura porteña, se implementará en cuatro etapas: en los primeros 12 meses de sancionada la ley deberá estar en todos los efectores públicos de la Ciudad y sus farmacias hospitalarias; a los 18 meses para para Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires y la red de farmacias vinculadas con la misma; a los 24 meses para los efectores de salud privados y la Red de Farmacias; y a los 36 meses para los profesionales particulares.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí