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Así será en el caso de los contribuyentes que lo requieran.

Los contribuyentes que así lo requieran van a recibir las boletas de ABL y del Impuesto Inmobiliario por separado. Antes, el Gobierno porteño deberá abrir un registro para que se anoten quienes opten por esta modalidad. Así lo dispone la ley 6.108, promulgada esta semana, que responde a un viejo pedido de los inquilinos. Es que, generalmente, estos últimos se hacen cargo de la tasa con la que se pagan los servicios de alumbrado, barrido y limpieza, mientras los propietarios deben afrontar el impuesto inmobiliario, que grava a las propiedades.

La ley crea un registro, en el que los responsables de los tributos que recaen sobre los inmuebles porteños podrán anotarse para pedir la emisión de boletas de pago separadas. La norma también determina que estas serán remitidas en formato digital, no en papel.

En la actualidad, en la boleta de ABL también se incluye el Impuesto Inmobiliario. ¿Cuál es la diferencia entre ambos cargos? En el sitio de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), se explica que el ABL es la tasa retributiva de los servicios de alumbrado barrido y limpieza, mantenimiento y conservación de sumideros, y que es igual para todos los contribuyentes. En cambio, el Impuesto Inmobiliario es progresivo y con alícuotas fijadas en función del valor fiscal de la propiedad.

¿Por qué alguien querría pagar estos cargos por separado? El conflicto aparece en los casos de los inmuebles alquilados, donde a menos que exista un pacto estableciendo lo contrario, el locatario paga la tasa y el locador el impuesto.

Quienes opten por la separación de boletas no las recibirán en papel, sino en formato digital. Esto va en línea con las medidas que viene tomando el Gobierno porteño para ahorrar papel. Una de ellas es que, desde este mes, los contribuyentes adheridos a medios de pago electrónicos ya no reciben la boleta impresa.

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