La controversia se explica por la interpretación de la legislación nacional y de la ley provincial que regulan las primarias. Mientras que para las categorías nacionales el piso mínimo para participar de las elecciones generales es de 1,5% sobre los votos válidamente emitidos, en Provincia ese piso se calcula sobre los votos positivos válidamente emitidos.
¿Qué significa? En el conteo de las PASO para las categorías nacionales se deben contabilizar los votos en blanco para determinar el porcentaje final porque se trata de sufragios válidos, mientras que en el conteo para los cargos provinciales en Buenos Aires no se deben contabilizar los votos blancos porque sólo se consideran los sufragios positivos válidamente emitidos.
Ante este escenario, el 52,53% de los votos cosechados por Kicillof en las PASO debería verse reflejado recién en el conteo definitivo que llevará adelante la Justicia Electoral y que se hará sobre la base de la legislación provincial. De igual manera, la gobernadora María Eugenia Vidal cosecharía el 34,6% de las adhesiones frente al 32,56% publicado el domingo por la noche.
Vale mencionar que los resultados del conteo provisorio a cargo del Gobierno carecen de validez legal y que los candidatos para las generales de octubre serán consagrados por la Justicia Electoral, encargada de llevar adelante el escrutinio definitivo.
El proceso de conteo se realiza a través de los Juzgados Federales N° 1 de cada distrito, que son los que tienen la competencia electoral, junto con su Secretaría electoral y ante la presencia de los fiscales de los partidos políticos.